El pasado 11 de octubre se publicó en el BOE el R.D. 1644/2008 por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Este Real Decreto supone una transposición a la normativa española de la Directiva 2006/42/CE, la cual ya debía estar traspuesta con anterioridad al 29 de junio del presente año.
Tiene su fundamento en la Ley de Industria (Ley 21/1992), que entre los fines que persigue está la seguridad industrial y en su artículo 9 recoge como objeto «la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o desecho de los productos industriales».
En este Real Decreto se recogen las normas que deben cumplir los máquinas y, por tanto, los fabricantes de las mismas. Del campo de aplicación se escapan algunas maquinas que a pesar de estar incluidas en la definición que aparece de máquina, pueden estar cubiertas por otras normativas más especificas. Este es el caso de los tractores agrícolas y forestales, vehículos de motor y sus remolques, … Leer el resto de esta entrada »